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PROGRAMAS FINANCIADOS
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AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA
RESOLUCIÓN de la Dirección General de Centros Docentes por la que se
dictan Instrucciones sobre los requisitos mínimos y sobre el
procedimiento para la autorización del funcionamiento de aulas de
compensación educativa en los centros privados concertados.
(28.07.06)
DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR Y MEDIDAS DE REFUERZO Y APOYO EDUCATIVOS
AVISO: Los centros que aún no hayan tramitado su propuesta para el curso 2007/08 pueden ya hacerlo de conformidad con lo previsto en la Orden 3529/2007, de 4 de julio, por la que se regula el programa de diversificación curricular, y las aclaraciones al contenido de la misma dictadas por la Viceconsejería de Educación.
El procedimiento para ello viene establecido en las Instrucciones de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de 10 de julio de 2007, publicadas en esta misma página, junto con sus Anexos.
No obstante, no regirán los plazos que en ellas se prevén referidos al curso 2007/08, tanto para las medidas de refuerzo como para los programas de diversificación curricular.
Excepcionalmente, los centros podrán realizar una única propuesta, de carácter ya definitivo, mediante el Anexo II ó IV respectivamente. En tal caso, los apartados de estos Anexos se cumplimentarán asumiendo que no se ha tramitado previamente la propuesta provisional.
Asimismo, las Direcciones de Área Territorial podrán tramitar también sus propuestas directamente con carácter definitivo, siempre con anterioridad al 25 de septiembre. En cualquier caso, deberán ser priorizadas las propuestas relativas a la continuidad del 2º año de programas de diversificación curricular.
A este respecto, para hacer efectiva la continuidad, los centros deberán indicar las horas previstas para el 2º curso del programa mediante el Anexo III, así como, en su caso, las variaciones de alumnos en el cuadro correspondiente, ya que se requiere el informe favorable del Servicio de Inspección Educativa respecto a al efectividad del programa en el primer curso y la justificación de los recursos personales para el funcionamiento del 2º curso.
INSTRUCCIONES de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación relativas a la organización y financiación de las medidas de apoyo ordinario y programas de diversificación curricular en centros privados sostenidos con fondos públicos.
ANEXOS I y II
ANEXOS III y IV
ORDEN 3529/2007, de 4 de julio, de la Consejera de Educación, por la que se regula el programa de diversificación curricular en la Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid.
ORDEN 3320-01/2007, de 20 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
AULAS DE ENLACE
RESOLUCIÓN de la Dirección General de Centros Docentes por la que se autoriza la financiación para el funcionamiento de aulas de enlace en centros privados sostenidos con fondos públicos durante el curso 2007/2008