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Información General.


Preguntas más frecuentes sobre Interinos

  • ¿Cómo me incluyo en la lista de interinos?

    Para estar en las listas de interinos hay que participar en el concurso oposición correspondiente, y en función de los resultados y de los méritos que se aportan se le incluye en una lista ordenada de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad.

    Además puede convocarse un proceso extraordinario para añadir nuevos aspirantes a la lista si una vez que empieza el curso académico se observa que la lista de una especialidad concreta tiende a agotarse.
    Si es así, se publica el proceso extraordinario y se abre un plazo para que puedan presentar la instancia aquellos aspirantes que cumplan los requisitos.

  • ¿Cómo me puedo enterar por dónde van llamando en las listas de interinos?

    Diariamente se publican en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales los cortes de las listas de interinos de todas las especialidades y las personas citadas por cada una de ellas.

    Esta información también se puede consultar por Internet desde está página.

  • ¿Qué tengo que hacer cuando me citan para contratarme como profesor interino?

    Una vez que se ha publicado la citación en los tablones, y aparece su nombre, apellidos, puntuación y número de orden, se debe poner en contacto con la Dirección Territorial que le ha reservado para un puesto, a partir del día siguiente para formalizar el contrato

    Deberá presentar los siguientes documentos: Fotocopia DNI, Título, CAP, Cartilla de la Seguridad Social y datos bancarios.

  • ¿Qué causas son justificadas para poder renunciar al nombramiento como interino y no perder posiciones en la lista de interinos?

    • Cualquier causa que de lugar a lugar a licencencia en los funcionarios de carrera (enfermedad, adopción, alumbramiento, ...)
    • Tener un hijo menor de un año.
    • Tener un contrato docente con la Comunidad de Madrid.
    • Estar cursando estudios relacionados con la obtención de nueva habilitación.
    • Situaciones que den lugar a servicios especiales en los funcionarios (concejales, diputados, ...)

Última actualización 29 de Noviembre de 2002