Procedimiento y anexos de apertura y cancelación
de cuentas corrientes de los Centros Públicos
Las cuentas bancarias que gestionan los Centros de Educación forman parte del Tesoro de
la Comunidad de Madrid y su regulación se establece por la Dirección General de Política
Financiera y Tesorería de la Consejería de Hacienda, quien ha recordado a esta Consejería
de Educación que tanto la cancelación como la apertura de cuentas auxiliares es de su
competencia.
Para regular estos procesos se adjuntan unas instrucciones y unos modelos de impresos
que deberán tramitar los centros a través de la Dirección de Área Territorial.
Cualquier incidencia o consulta se deberá dirigir al Servicio de Gestión Económica
y Contratación de la Dirección de Área Territorial de Madrid Capital.
Madrid, 20 de octubre de 2008
EL JEFE DEL SERVICIO DE GESTIÓN ECONÓMICA.