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PROTECCIÓN CIVIL. Instrumento de financiación comunitario
OBJETIVOS El programa tiene como objetivo apoyar y completar la labor realizada por los Estados miembros para proteger a las personas fundamentalmente, aunque también al medio ambiente y los bienes, incluido el patrimonio cultural, en caso de catástrofes naturales y de origen humano, de atentados terroristas y de accidentes tecnológicos, radiológicos o medioambientales, y de facilitar una mayor cooperación entre los Estados miembros en el ámbito de la protección civil.

El Instrumento cubrirá el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.
TIPOS DE ACCIONES Se aplicará a medidas de prevención y preparación ante todo tipo de emergencias dentro de la Comunidad y en los países que participan al amparo del artículo 7 de la Decisión.
También se aplicará a acciones destinadas a hacer frente a las consecuencias inmediatas de una emergencia grave, independientemente de su naturaleza, incluida la respuesta a emergencias por contaminación marina accidental a través del Mecanismo, dentro o fuera de la Comunidad, cuando se haya solicitado ayuda de conformidad con el Mecanismo.

LÍNEAS DE ACCIÓN
  1. las acciones cubiertas por el Reglamento (CE) no 1717/2006;
  2. las acciones y medidas cubiertas por la legislación comunitaria relativa a programas de acción comunitarios en el ámbito de la salud;
  3. las acciones y medidas cubiertas por la Decisión no 1926/2006/CE;
  4. las acciones cubiertas por la Decisión 2007/124/CE, Euratom;
  5. las acciones cubiertas por el Reglamento (CE) no 1257/96, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2, letra c) de la presente Decisión;
  6. las acciones cubiertas por el Reglamento (CE) no 1406/2002.
1. Acciones de prevención y preparación

a) realización de estudios, peritajes, modelización e hipótesis de trabajo.
b) formación, ejercicios, talleres, intercambio de personal y expertos, creación de redes, proyectos de demostración y transferencia de tecnología para mejorar la prevención, la preparación y la respuesta efectiva;
c) información, educación y sensibilización de la población, junto con las correspondientes acciones de divulgación, a fin de reducir al mínimo los efectos de las emergencias en los ciudadanos de la UE y ayudarles a protegerse de forma más eficaz;
d) mantenimiento de las funciones prestadas por el Centro de control e información (CCI) del Mecanismo para facilitar una respuesta rápida en caso de emergencia grave;
e) acciones de comunicación y medidas para dar mayor proyección pública a la respuesta comunitaria;
f) contribución a la creación de sistemas de detección y alerta rápida en caso de catástrofes que puedan afectar al territorio de los Estados miembros, a fin de permitir una respuesta rápida por parte de los Estados miembros y la Comunidad;
g) establecimiento y mantenimiento de un sistema común de comunicación e información seguro (CECIS) y de instrumentos que permitan la comunicación y el intercambio de información entre el CCI y los puntos de contacto de los Estados miembros y los demás participantes;
h) acciones de control y evaluación;
i) creación de un programa que recopile la experiencia adquirida con las intervenciones y ejercicios realizados en el marco del Mecanismo.

2. Acciones de respuesta en el marco del Mecanismo

a) envío de expertos en evaluación y coordinación, junto con su equipo de apoyo, en particular instrumentos de comunicación, para facilitar la prestación de ayuda y la cooperación con otros agentes presentes;
b) apoyo a los Estados miembros en la obtención de equipos y recursos de transporte;
c) complemento de los medios de transporte facilitados por los Estados miembros financiando los recursos de transporte adicionales necesarios para dar una respuesta rápida a las emergencias graves.
FINANCIACIÓN El importe de referencia financiera para la ejecución del Instrumento para el período 2007 a 2013 ascenderá a 189.800.000 EUR a precios corrientes.
La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero.
133.800.000 EUR a precios corrientes provendrán de la subrúbrica 3B "Ciudadanía" del marco financiero y 56.000.000 EUR a precios corrientes de la subrúbrica 4 "La UE como socio a escala mundial".
BENEFICIARIOS La ayuda financiera con arreglo al Instrumento podrá concederse a personas físicas o jurídicas, ya sean de derecho público o privado.
BASE LEGAL DECISIÓN DEL CONSEJO de 5 de marzo de 2007 por la que se establece un Instrumento de Financiación de la Protección Civil.
CONVOCATORIAS ABIERTAS DOUE C 65/06, 11/03/2008. Convocatoria de propuestas 2008. Instrumento de Financiación de la Protección Civil. Proyectos de cooperación sobre preparación y prevención. (Fecha límite: 30/04/2008)
CONTACTOS Contacto Nacional:
Dirección General de Protección Civil
Juan Pedro Lahore
C/ Quintillano, 21
28002 - Madrid
Tel.: 91 537 33 05/04
Fax: 91 562 89 41

Comisión Europea
DG Medio Ambiente
DG ENV.B. Célula Finaciera BU-9 04/195
Alessandro Barisich
Rue de la Loi, 200
B-1049 - Bruselas
Tel.: 32-2-299 22 48
Fax: 32-2-298 38 92