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INSTRUMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL. POLÍTICA DE MEDIOAMBIENTE
OBJETIVOS

El programa tiene como objetivo apoyar y completar la labor realizada por los Estados miembros para proteger a las personas fundamentalmente, aunque también al medio ambiente y los bienes, incluido el patrimonio cultural, en caso de catástrofes naturales y de origen humano, de atentados terroristas y de accidentes tecnológicos, radiológicos o medioambientales, y de facilitar una mayor cooperación entre los Estados miembros en el ámbito de la protección civil.El Instrumento cubrirá el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

TIPOS DE ACCIÓN

 

 

Se aplicará a medidas de prevención y preparación ante todo tipo de emergencias dentro de la Comunidad y en los países que participan al amparo del artículo 7 de la Decisión. 

También se aplicará a acciones destinadas a hacer frente a las consecuencias inmediatas de una emergencia grave, independientemente de su naturaleza, incluida la respuesta a emergencias por contaminación marina accidental a través del Mecanismo, dentro o fuera de la Comunidad, cuando se haya solicitado ayuda de conformidad con el Mecanismo. 

LÍNEAS DE ACCIÓN 

  1. las acciones cubiertas por el Reglamento (CE) no 1717/2006;
  1. las acciones y medidas cubiertas por la legislación comunitaria relativa a programas de acción comunitarios en el ámbito de la salud;
  1. las acciones y medidas cubiertas por la Decisión no 1926/2006/CE;
  1. las acciones cubiertas por la Decisión 2007/124/CE, Euratom;
  1. las acciones cubiertas por el Reglamento (CE) no 1257/96, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2, letra c) de la presente Decisión;
  1. las acciones cubiertas por el Reglamento (CE) no 1406/2002.

1. Acciones de prevención y preparación 

a) realización de estudios, peritajes, modelización e hipótesis de trabajo.

b) formación, ejercicios, talleres, intercambio de personal y expertos, creación de redes, proyectos de demostración y transferencia de tecnología para mejorar la prevención, la preparación y la respuesta efectiva;

c) información, educación y sensibilización de la población, junto con las correspondientes acciones de divulgación, a fin de reducir al mínimo los efectos de las emergencias en los ciudadanos de la UE y ayudarles a protegerse de forma más eficaz;

d) mantenimiento de las funciones prestadas por el Centro de control e información (CCI) del Mecanismo para facilitar una respuesta rápida en caso de emergencia grave;

e) acciones de comunicación y medidas para dar mayor proyección pública a la respuesta comunitaria;

f) contribución a la creación de sistemas de detección y alerta rápida en caso de catástrofes que puedan afectar al territorio de los Estados miembros, a fin de permitir una respuesta rápida por parte de los Estados miembros y la Comunidad;

g) establecimiento y mantenimiento de un sistema común de comunicación e información seguro (CECIS) y de instrumentos que permitan la comunicación y el intercambio de información entre el CCI y los puntos de contacto de los Estados miembros y los demás participantes;
h) acciones de control y evaluación;

i) creación de un programa que recopile la experiencia adquirida con las intervenciones y ejercicios realizados en el marco del Mecanismo.


2. Acciones de respuesta en el marco del Mecanismo


a) envío de expertos en evaluación y coordinación, junto con su equipo de apoyo, en particular instrumentos de comunicación, para facilitar la prestación de ayuda y la cooperación con otros agentes presentes;

b) apoyo a los Estados miembros en la obtención de equipos y recursos de transporte;

c) complemento de los medios de transporte facilitados por los Estados miembros financiando los recursos de transporte adicionales necesarios para dar una respuesta rápida a las emergencias graves.
 

FINANCIACIÓN

El importe de referencia financiera para la ejecución del Instrumento para el período 2007 a 2013 ascenderá a 189.800.000 EUR a precios corrientes.

La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero.

133.800.000 EUR a precios corrientes provendrán de la subrúbrica 3B «Ciudadanía» del marco financiero y 56.000.000 EUR a precios corrientes de la subrúbrica 4 «La UE como socio a escala mundial».

BENEFICIARIOS

La ayuda financiera con arreglo al Instrumento podrá concederse a personas físicas o jurídicas, ya sean de derecho público o privado.

BASE LEGAL

DECISIÓN DEL CONSEJO de 5 de marzo de 2007 por la que se establece un Instrumento de Financiación de la Protección Civil.

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2007:071:0009:0017:ES:PDF

DOUE L 20/23, 24/01/2008. Decisión 2008/73/CE, Euratom, de 20 de diciembre de 2007, por la que se modifica la Decisión 2004/277/CE, Euratom en lo que se refiere a las normas de aplicación de la Decisión 2007/779/CE, Euratom del Consejo por la que se establece un mecanismo comunitario de protección civil

CONVOCATORIAS ABIERTAS

DOUE C 135/03, 03/06/2008. Convocatoria de propuestas. Acción preparatoria relativa a una capacidad de respuesta rápida de la protección civil de la UE (Fecha límite: 22/08/2008) Cerrada

DOUE C 261/07, 14/10/2008. Segunda convocatoria de propuestas 2008. Ejercicios de simulación en el ámbito del Mecanismo Comunitario de Protección Civil (Fecha límite: 19/12/2008) Abierta

http://ec.europa.eu/environment/civil/prote/call_simu_2008_2.htm

http://ec.europa.eu/environment/civil/prote/pdfdocs/call_2008/grant_agreement_guidelines.pdf

CONTACTOS

 

Contacto Nacional:

Dirección General de Protección Civil y Emergencias

 Juan Pedro Lahore

C/ Quintillano, 21

28002 – Madrid

Tel.: 915 373 100
Fax: 915 628 941
dgpc@proteccioncivil.org
 

Comisión Europea

DG Medio Ambiente

DG ENV.B. Célula Finaciera BU-9 04/195

Alessandro Barisich

Rue de la Loi, 200

B-1049 – Bruselas

Tel.: 32-2-299 22 48

Fax: 32-2-298 38 92