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Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo (2007-2013)
CONVOCATORIA Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo Programa temático para el medio ambiente y la gestión sostenible de recursos naturales, incluida la energía. Convocatoria de propuestas restringida
Referencia: EuropeAid/128320/C/ACT/Multi (W3 EuropeAid/128320/C/ACT/Multi)
PROGRAMA Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo (2007-2013)

DIRECCIÓN  GENERAL

 

 
DG Europaid – Cooperación al desarrollo
OBJETIVO GENERAL El objetivo primordial y general de dicha cooperación será la erradicación de la pobreza en los países y regiones socios en el contexto del desarrollo sostenible, mediante la prosecución de los Objetivos de Desarrollo para el Milenio (ODM), y la promoción de la democracia, el buen gobierno y el respeto de los derechos humanos y del Estado de Derecho.
INFORMACIÓN GENERAL La Comunidad financiará medidas de apoyo a la cooperación con los países, territorios y regiones en desarrollo incluidos en la lista de beneficiarios del Comité de Asistencia para el Desarrollo de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (CAD-OCDE),

La Comunidad financiará programas temáticos en países, regiones y territorios que cumplan las condiciones para acogerse a la asistencia de uno de los programas geográficos establecidos, a la asistencia establecida o a la cooperación geográfica de conformidad con el Fondo Europeo de Desarrollo (FED).

Países beneficiarios

América Latina
: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
Asia: Afganistán, Bangladesh, Bhután, Camboya, China, India, Indonesia, República Popular Democrática de Corea, Laos, Malasia, Maldivas, Mongolia, Myanmar/Birmania, Nepal, Pakistán, Filipinas, Sri Lanka, Tailandia y Vietnam.
Asia Central: Kazajstán, Kirguizistán, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán.
Oriente Próximo: Irán, Iraq, Omán, Arabia Saudí y Yemen.
África: Sudáfrica.

En consonancia con la finalidad general y el ámbito de aplicación, la ayuda comunitaria se aplicará mediante los programas geográficos y temáticos siguientes:

A. Programas geográficos: (10.057 millones de euros)

Los programas geográficos cubrirán las actividades de cooperación, en los ámbitos adecuados, con países y regiones socios determinados con arreglo a un criterio geográfico.

- América Latina (2.690 millones de euros)
- Asia (5.187 millones de euros)
- Asia Central (719 millones de euros)
- Oriente Próximo (481 millones de euros)
- Sudáfrica (980 millones de euros)

B. Programas temáticos: (5 596 millones de euros)

Los programas temáticos estarán subordinados a los programas geográficos y tratarán un tema o un ámbito específico que afecte a un conjunto de países socios no determinados por criterios geográficos, o cubrirán actividades de cooperación dirigidas a distintas regiones o grupos de países socios, o una actuación internacional sin base geográfica específica.

- Invertir en los ciudadanos (1.060 millones de euros)
- Medio ambiente y gestión sostenible de los recursos naturales (804 millones de euros)
- Agentes no estatales y autoridades locales en el desarrollo (1.639 millones de euros)
- Seguridad alimentaria (1.709 millones de euros)
- Migración y asilo (384 millones de euros)
- Países ACP signatarios del Protocolo del Azúcar 1.244 millones de euros)
PROCEDIMIENTO En el caso de los programas geográficos, la Comisión establecerá un documento de estrategia y un programa indicativo plurianual para cada uno de los países y regiones socios y adoptará un programa de acción anual para cada uno de los países y regiones socios. En el caso de los programas temáticos, la Comisión establecerá documentos de estrategia temática y adoptará programas de acción. En caso de circunstancias excepcionales, el apoyo de la Comunidad podrá también plasmarse en medidas especiales no previstas en los documentos de estrategia y en los programas indicativos plurianuales.

La Comisión definirá las asignaciones indicativas plurianuales dentro de cada programa geográfico recurriendo a unos criterios normalizados, objetivos y transparentes de asignación de recursos, basados en las necesidades y en los resultados del país o región socio de que se trate, y teniendo presentes las dificultades concretas a que hacen frente los países o regiones en crisis, en conflicto o proclives a las catástrofes, además de la especificidad de los distintos programas.

Podrán optar a financiación de conformidad con el presente Instrumento:

a) los países y regiones socios, y sus instituciones;
b) las entidades descentralizadas de los países socios, como municipios, provincias, departamentos y regiones;
c) los organismos mixtos instituidos por los países y regiones socios y la Comunidad;
d) las organizaciones internacionales, incluidas las organizaciones regionales, los organismos, servicios o misiones de las Naciones Unidas, las instituciones financieras internacionales y regionales y los bancos de desarrollo;
e) las instituciones y órganos de la Comunidad, únicamente en el marco de la ejecución de las medidas de apoyo;
f) las agencias de la UE;
g) las entidades u organismos siguientes de los Estados miembros, los países y regiones socios o de cualquier otro tercer Estado:

i) los organismos públicos o semipúblicos, las autoridades o las entidades locales y sus agrupaciones o sus asociaciones representativas,
ii) las sociedades, empresas y demás organizaciones y agentes económicos privados;
iii) las instituciones financieras que concedan, promuevan y financien inversiones privadas en los países y regiones socios;
iv) los agentes no estatales;
v) las personas físicas.

Los agentes no estatales sin fines de lucro que operan de manera independiente y responsable y que pueden optar a apoyo financiero de conformidad con el presente instrumento incluirán: las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones representativas de las poblaciones autóctonas, las organizaciones representativas de minorías nacionales o étnicas, las agrupaciones profesionales y grupos de iniciativas locales, las cooperativas, los sindicatos, las organizaciones representativas de los agentes económicos y sociales, las organizaciones de lucha contra la corrupción y el fraude y de fomento del buen gobierno, las organizaciones de defensa de los derechos civiles y de lucha contra la discriminación, las organizaciones locales (incluidas las redes) que trabajan en el ámbito de la cooperación y la integración regionales descentralizadas, las organizaciones de consumidores, las organizaciones de mujeres o jóvenes, las organizaciones de enseñanza, culturales, de investigación y científicas, las universidades, las iglesias y asociaciones o comunidades religiosas, los medios de comunicación y cualesquiera asociaciones no gubernamentales y fundaciones independientes.

Formas de financiación

a) proyectos y programas;
b) apoyo presupuestario, cuando la gestión del gasto público del Estado socio sea suficientemente transparente, fiable y eficaz y el Estado socio haya instaurado políticas sectoriales o macroeconómicas bien definidas, aprobadas previa evaluación por sus principales proveedores de fondos, incluidas, cuando proceda, las instituciones financieras internacionales.
c) apoyos sectoriales;
d) en casos excepcionales, programas sectoriales y generales de importación;
e) fondos puestos a disposición del BEI u otros intermediarios financieros;
f) bonificaciones de los tipos de interés, especialmente para los préstamos en el sector medioambiental;
g) reducción de la deuda, en el marco de programas de reducción de la deuda aprobados en acuerdos internacionales;
h) subvenciones destinadas a la financiación de medidas presentadas por las entidades;
i) subvenciones destinadas a la financiación de los costes de funcionamiento de las entidades;
j) la financiación de programas de hermanamiento entre instituciones públicas, autoridades locales, organismos nacionales públicos y entidades de Derecho privado a los que los Estados miembros y los de los países y regiones socios confíen misiones de servicio público;
k) contribuciones a fondos internacionales, en particular, administrados por organizaciones internacionales o regionales;
l) contribuciones a fondos nacionales establecidos por países y regiones socios con el fin de favorecer la financiación conjunta de varios proveedores de fondos;
m) inversiones de capital en las instituciones financieras internacionales y en los bancos de desarrollo regionales;
n) los recursos humanos y materiales necesarios para la administración y la supervisión efectiva de los proyectos y programas por los países y regiones socios.

La financiación comunitaria también podrá cubrir los gastos correspondientes a las actividades de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación directamente necesarias para la aplicación del instrumento y la realización de sus objetivos, entre ellos, estudios, reuniones, actividades de información, sensibilización, formación y publicación..

Las medidas financiadas podrán ser objeto de una cofinanciación, por parte de los Estados miembros y sus autoridades regionales y locales, otros Estados proveedores de fondos, las organizaciones internacionales, incluidas las regionales, las sociedades, empresas y otras organizaciones y agentes económicos privados, y los demás agentes no estatales y los países o regiones socios beneficiarios de los fondos.

Las convocatorias se publican en el servidor de EuropeAid. En esta ficha sólamente se relacionan aquellas convocatorias que tienen relación con los países de habla hispana. Aquellos interesados en desarrollar proyectos de colaboración en otros territorios deben de consultar el servidor de europeAid de manera directa.
MÁS INFORMACIÓN http://programasue.info/documentos/2009-EuropeAid-128320.pdf