![]() |
Novedades y Noticias | Evolución Políticas Comunitarias |
Convocatorias | Búsqueda de Socios | Servicios y Consultas |
|
| Varios | ||||||
| Monográficos | Comité de las Regiones | Seminarios y Cursos | Documentos de Interés |
| A Política de Cohesión y Agricultura |
|
PERSPECTIVAS FINANCIERAS: AVANCES EN LAS
NEGOCIACIONES
15 febrero 2005
Las negociaciones sobre las perspectivas financieras para
el próximo periodo 2007-2013 no han avanzado mucho desde el Informe de la
Presidencia holandesa, presentado al Consejo Europeo de diciembre 2004, en
el que se presentaban las posiciones de los distintos Estados miembros. Se
recogían además cuestiones de importancia para España, como el principio de
equidad en el reparto de las cargas.
La actual Presidencia luxemburguesa ha dividido la
negociación en dos fases:
- enero-febrero 2005: se lleva a cabo el examen de las cuestiones poco claras de la propuesta elaborada por la Comisión y el estudio de datos estadísticos para realizar cálculos, aunque éstos no sean definitivos (las cifras macroeconómicas estarán disponibles en primavera). Si se llega a un acuerdo en junio, como estaba planificado y sería deseable, las cifras de referencia serán las correspondientes a 2001-2002. El objetivo de esta fase no es elaborar un documento preparatorio de un acuerdo, sino simplemente trabajar en conjunto para aclarar conceptos
-
desde marzo: la Presidencia luxemburguesa irá
construyendo la propuesta de conclusiones para el Consejo de junio después del
Consejo de Primavera, que tendrá lugar en Bruselas el 22 y 23 de marzo, y donde
se tratarán la reforma del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y la revisión
intermedia de la Estrategia de Lisboa, cuestiones que, por el momento, retienen
toda la atención de la Presidencia. Es a partir de ese momento cuando la
Presidencia se centrará en la cuestión de las perspectivas financieras con
vistas de que en el Consejo Europeo de junio pueda aprobarse un acuerdo.
La posibilidad de llegar a un acuerdo en el Consejo
Europeo de junio, como se pretende, existe; pero los problemas fundamentales
siguen recayendo en el montante total de las perspectivas financieras,
ya que el grupo de los 6 sigue sin modificar su posición de querer limitar el
presupuesto al 1% del PIB y el resto de Estados miembros tampoco modifica su
posición, y el cheque británico, ya que Gran Bretaña insiste en
mantenerlo y los otros países en eliminarlo.
Cuestiones principales acerca de los Fondos
Estructurales
Bajo Presidencia holandesa la única actividad por lo que
respecta a los Fondos Estructurales se limitó a
emitir un informe de estado de la situación de los debates. El único
Reglamento que se examinó con un poco más de atención fue la propuesta de
Reglamento General[1].
Con la Presidencia luxemburguesa se hace hincapié en este
Reglamento General. Los puntos principales a destacar y las posiciones de los
Estados miembros al respecto son las siguientes:
Titulo I: Objetivos y disposiciones generales
Este Título recoge los principios aplicables a las
ayudas. Hay acuerdo acerca del contenido de la propuesta entre los Estados
miembros acerca de los principio, salvo en el cómputo de la adicionalidad (por
la que la contribución de los Fondos Estructurales se acompaña de financiación
del Estado miembro) y en el principio de igualdad entre hombres y mujeres (art.
14) que se refleja en el texto, ya que algunos países querrían definirlo de
modo más amplio como un principio de no discriminación y revisar su modo de
aplicación.
Título II: Enfoque estratégico de la cohesión.
La Comisión está
manteniendo reuniones bilaterales con los Estados miembros para tratar de
avanzar en la cuestión de las orientaciones estratégicas comunitarias,
cuyo documento deberá aprobarse 3 meses después de la aprobación del Reglamento
General. A partir de ese momento, cada Estado elaborará el marco estratégico
nacional de referencia, teniendo en cuenta las orientaciones estratégicas,
el plan nacional de acción por el empleo y el desarrollo sostenible. Los
programas operativos podrán ser presentados por los Estados al mismo tiempo que
el marco estratégico. En el caso de España no se prevé que se presente
conjuntamente.
Título III: Programación.
Este Título se refiere a los programas operativos, su
elaboración, aprobación y contenido. Los programas operativos se presentarán a
la Comisión por el Estado miembro, y deben encuadrarse en el marco estratégico
nacional de referencia. No se trata de una cuestión que suscite problemas en el
debate.
Título IV: Eficacia.
El aspecto fundamental es la evaluación, cuyas normas
serán las mismas que actualmente.
Hay dos tipos de reservas propuestos en el texto: La
reserva de eficacia y calidad, destinada a recompensar a los Estados miembros
que realicen progreso respecto a su situación inicial, y la reserva nacional de
contingencias.
Respecto a la reserva de eficacia y calidad, que
se fija en un 3% de los recursos destinados al objetivo “convergencia” y al
objetivo “competitividad regional y empleo”, el problema es que se trata de una
reserva de carácter comunitario y no por Estado miembro; los Estados
prefieren un paquete propio y la capacidad para distribuirlo (esta reserva será
distribuida por el Consejo con arreglo a una serie de criterios). Por otro
lado, el problema del reparto es que se toman como referencia datos
macroeconómicos que tienen 2 años y que, por tanto, pueden no reflejar la
realidad.
Por todo ello es muy posible que esta reserva no se
mantenga, ya que los Estados miembros son reacios (aunque es un gran empeño de
la Comisión) o, si lo hace, tenga una base nacional y menor importancia
administrativa, incluso carácter optativo.
En cuanto a la reserva nacional de imprevistos,
finalmente parece que será optativa. Esto es importante, ya que esta
reserva implica destinar una parte de los recursos financieros a posibles
crisis sectoriales o locales imprevistas y vinculadas a la reestructuración
económica y social o derivadas de la apertura de los mercados.
Título V: Contribución financiera de los Fondos.
El porcentaje de contribución de los Fondos Estructurales
se verá aumentado para regiones con una serie de particularidades, como son las
regiones ultraperiféricas, islas, zonas de montaña, zonas escasamente pobladas,
zonas fronterizas. No hay controversia
en la discusión de estas cuestiones.
Título VI: Gestión, seguimiento y control.
El mayor cambio será acerca del control, el
control de los Estados miembros va a aumentar notablemente, ya que estarán
obligados, tras la aprobación de los programas operativos y antes de comenzar a
ejecutarlos, a remitir a la Comisión una
descripción de los sistemas de gestión y control, acompañados de un informe
independiente que asegure que se cumplen los criterios contenidos en el
Reglamento General. Cada año, además, habrá unos informes anuales de control,
que determinarán si los sistemas establecidos proporcionan información fiable
sobre si las declaraciones de gastos son correctas.
Título VII: Gestión financiera.
Directamente relacionado con lo anterior, este Título
establece que si el informe anual de control no fuera positivo, la Comisión podría
no hacer los pagos intermedios hasta que se tomen las medidas necesarias
para subsanar la situación. También podrá suspender y paralizar los
pagos intermedios si persiste una irregularidad o una deficiencia grave en el
sistema de control y no se adopten medidas correctoras.
Otras cuestiones
Si la posición que apoya la reducción del gasto global
presupuestario propuesto por la Comisión tiene éxito, ésta se producirá no
sólo de la rúbrica 1b (cohesión para el crecimiento y el empleo- Política de
cohesión), sino de todas las categorías de gasto, aunque teniendo en cuenta
que, bloqueado como está el presupuesto para la PAC hasta 2013, el presupuesto
más elevado es el de la política de cohesión y, por tanto, de donde más se
reducirá. Por otro lado, todos los Estados miembros creen que la rúbrica 1a
(competitividad para el crecimiento y el empleo) es muy elevada, por lo que se
puede pensar que habría capacidad de reducción dentro de esta rúbrica también.
En cuanto a la posición española, España podría
sufrir una pérdida importante de saldo. Se han mantenido conversaciones
bilaterales con otros Estados miembros y con la Comisión para sensibilizar
acerca de este problema, aunque es pronto todavía para saber cuál será la
solución que se adopte. España pide como solución un periodo transitorio del
Fondo de Cohesión, del que saldrá en 2007. Esta sería la solución más
simple y más fácil de comprender por otros Estados miembros. El argumento que
se ha ofrecido en contra es que no hay base jurídica para ese periodo transitorio
y que Irlanda, cuando salió del Fondo de Cohesión, no tuvo.
Otras soluciones que podrían ser pedidas por
España son un refuerzo de los periodos transitorios de las
regiones phasing out y phasing in (las que salen del objetivo 1 y las que entran
en el objetivo competitividad y empleo) de manera que se otorgue la misma
intensidad de ayuda que para las regiones phasing out, lo cuál supondría un
montante adicional para España importante. Otra cuestión que se ha pedido como
solución es que las regiones phasing in puedan ampliar su ámbito de
actividades, que se les dé igual flexibilidad a la hora de elegir los tipos de
actividad que a las regiones phasing out. Es muy difícil que se obtenga una equiparación
entre ambas, pero es posible que se logre obtener una mayor flexibilidad. Otra
posible solución es el Fondo de Convergencia Tecnológica, incluido en la
rúbrica 1a y destinada a Estados miembros con un bajo nivel materia tecnológica
aunque hayan alcanzado la convergencia. En todo caso el artículo 159 del
Tratado (cohesión económica y social) permite adoptar soluciones, ya que
permite la adopción de acciones por parte del Consejo en razón de necesidades
de acciones específicas, por lo que España está abierta a todo tipo de
propuestas.
Con respecto a la propuesta de Reglamento sobre una
Agrupación Europea de Cooperación Transfronteriza, el único Estado
completamente en contra es Alemania, que alega que este instrumento no es
necesario. Otros países todavía no tienen una posición al respecto y otros ven
serias dificultades de aplicación (por ejemplo en cuanto a la responsabilidad
ilimitada de los miembros de la agrupación por las deudas, cuando en España por
ejemplo la responsabilidad es siempre limitada. Bélgica y Austria apoyan el
proyecto. Se prevé una tramitación larga y se deberá tener en cuenta además la
posición que adopte el Parlamento Europeo.
[1] Reglamento General por el que se establecen las
disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al
Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión. COM (2004) 492 de 14 de julio de
2004