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PROGRAMA ENERGÍA INTELIGENTE PARA EUROPA: PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
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PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
A la hora de presentar una propuesta a la convocatoria del Programa Energía Inteligente para Europa (EIE) hay que tener en cuenta una serie de CUESTIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS, como los principios en los que se basa la concesión de subvenciones, lso tipos de acciones que pueden llevarse a cabo, las normas generales y los criterios y proceso de evaluación.
Los DOCUMENTOS DE BASE para la elaboración de una propuesta son:
- programa de trabajo 2003-2006
- programa de trabajo anual 2003
- convocatoria de propuestas
- documento de trabajo sobre la descripción detallada de las Acciones Clave
- guía del proponente
- formularios
- modelo de contrato
Todos estos documentos pueden encontrarse en la página web: http://europa.eu.int/comm/energy/intelligent/index_en.html.
TIPOS DE ACCIÓN que serán financiados dentro del Programa EIE:
- Acciones Generales: Se trata del tipo de acción principal, en el que se encuadrarán la mayoría de las acciones, comparable a las antiguas acciones de los anteriores Programas SAVE y ALTENER
- Apoyo para la creación de Agencias: comparable al apoyo en el pasado para las Agencias SAVE
- Apoyo Específico a eventos: comparable a las subvenciones directas de ALTENER y SAVE 2001-2002
- Acciones Concertadas: excluidas de las convocatorias, ya que se trata de acciones concertadas con los Estados miembros y países participantes en el Programa
Los PARTICIPANTES serán entidades legales (públicas o privadas) de los Estados miembros y países del EEE[1], además de los países candidatos (sobre la base de los acuerdos existentes[2]). El mínimo de socios es de 3 participantes de 3 Estados distintos para las Acciones Generales, 2 autoridades regionales o locales para la Creación de nuevas Agencias y 1 socio para las Acciones Específicas de Apoyo a Eventos.
En cuanto a la COFINANCIACIÓN, la aportación máxima de la Comisión será del 50% de los costes totales elegibles, concretándose el montante que recibirá una propuesta durante el proceso de evaluación. Para el Apoyo a Eventos, este 50% no podrá ser superior a 40.000 euros. Los costes de coordinación, de un máximo del 7% sobre el total elegible, pueden ser reembolsados al 100%, dentro de ese máximo del 50% de cofinanciación comunitaria.
El presupuesto del proyecto no tiene un umbral mínimo, lo importante es la elaboración de abajo a arriba, contabilizando cuánto se requiere para poner en marcha las acciones propuestas y sin “inflar” estos costes. Debe ser un prosupuesto realista y acorde con el plan de acciones a llevar a cabo.
Los COSTES ELEGIBLES estarán conectados, por tanto, con el objeto del contrato y serán necesarios para la correcta realización de las acciones cubiertas por dicho contrato. Deben ser razonables y justificados de acuerdo con los principios de gestión financiera y ser generados durante la duración del contrato. Además, deben ser costes en los que ha incurrido el beneficiario, registrados en sus cuentas y declarados de acuerdo con las obligaciones fiscales y sociales. Por último, serán identificables y verificables.
Los COSTES DIRECTOS ELEGIBLES son aquéllos identificables como directamente ligados a la correcta realización del proyecto y por tanto que derivan directamente del mismo:
- costes de personal asignado a la acción
- viajes y dietas del personal
- subcontratación ligada a la realización de contratos necesarios para llevar a cabo la acción
- otros costes: talleres de diseminación de información, auditorías, reproducción, servicios financieros, etc.
- bienes consumibles y suministros asignados al proyecto
- compra de equipamiento (nuevo o de segunda mano): acordes con las normas fiscales y de contabilidad (amortización) aplicables
Los COSTES ELEGIBLES INDIRECTOS son aquéllos que no están ligados directamente al objetivo del proyecto pero pueden ser identificados y justificados como generados por el proyecto en conexión con costes directos:
- costes administrativos: secretariado, contabilidad, gestión
- alquiler y mantenimiento de la oficina
- suministros de oficina
Existen dos modos de incluir los costes indirectos. Si los costes son identificables y justificables, la manera normal es calcular estos costes. Sin embargo, en el caso de pequeñas organizaciones donde es demasiado complicado hacer este cálculo, se permite establecer un porcentaje fijo de costes indirectos del 7% sobre el total de costes elegibles. Esto supone una modificación con respecto a los Programas anteriores, de modo que se elimina el sistema contable de costes adicionales (reservado para el VI Programa Marco) y se aplica únicamente el sistema de costes totales.
Los COSTES NO ELEGIBLES son:
- IVA (salvo que el beneficiario no pueda recuperarlo)
- contribuciones en especie (no registradas en las cuentas del beneficiario)
- costes que reciban una ayuda comunitaria a través de otro programa o subvención
- provisiones de pérdidas, deudas, intereses, pérdidas por cambio de moneda., etc.
- costes indirectos, si la organización recibe una subvención para funcionamiento
El CONTRATO, o acuerdo, tiene como partes contractuales a todos los beneficiarios (líder y socios) y la Comisión. Define la duración, informes, calendario de pagos, propiedad de los resultados, garantías bancarias, etc. y las condiciones generales que regularán esta relación. Establece además que la fecha de inicio de las actuaciones es posterior a la firma del contrato.
El PROCESO DE EVALUACIÓN pasa por una primera comprobación de los criterios de elegibilidad (formales). En caso de no cumplirse (documentos necesarios, número de copias requerida ,etc.), el proyecto no sigue examinándose y es rechazado, por lo que es fundamental prestar mucha atención a todos estos requisitos. A continuación se examinan los criterios de selección: capacidad financiera y técnica del proponente y su situación legal (en regla con la normativa social y financiera, no encontrarse en quiebra, etc.) y si estas condiciones se cumplen, pasa a examinarse el contenido de la propuesta (criterios de atribución del contrato), donde se premia la calidad del mismo.
Estos últimos criterios son los siguientes:
- calidad de la acción
- calidad del enfoque adoptado
- valor añadido comunitario
- costes y beneficios
- organización del equipo que gestionará el proyecto
Los primeros cuatro criterios necesitan un mínimo del 50% de puntuación, y el último, el 70%, para que el proyecto pueda considerarse como subvencionable. La suma debe ser superior al 70% de la máxima puntuación total para ser incluido en la lista de los mejores proyectos, a partir de la cuál se hará la distribución del presupuesto disponible en la convocatoria.
FECHA LÍMITE: Para los tipos de acciones 1 y 2 es el 30 de abril de 2004, para el tipo 3 (eventos), el 31 de enero de 2004.
El envío puede hacerse por correo ordinario (a efectos de la fecha límite se tendrá en cuenta la fecha indicada en el matasellos) o por mensajero (debe recibirse en la Comisión antes de las 16h de la fecha límite). Se requieren un original y 5 copias y una parte de la propuesta debe además ser enviada por correo electrónico.
CONSEJOS PRÁCTICOS:
- estudiar atentamente los documentos disponibles
- desarrollar y especificar claramente las ideas previas
- investigar las actividades recientes relacionadas con esta idea
- contactar a la Comisión para consultas acerca del proyecto
- verificar regularmente la página web del Programa, en concreto el apartado de Preguntas Más Frecuentes
MÁS INFORMACIÓN:
Website del Programa: http://europa.eu.int/comm/energy/intelligent/index_en.html
Website MangEnergy: www.managenergy.net
Fax: (00) 32 2 296 60 16