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LA CONVENCIÓN SOBRE EL FUTURO DE EUROPA
CONSTITUCIÓN Y ORIGEN DE LA CONVENCIÓN
Para que la ampliación de la Unión Europea sea un éxito y para evitar una paralización de su sistema de decisión, la UE debe proceder a una reforma en profundidad de su arquitectura institucional. En este contexto, en diciembre de 2000, en el Consejo Europeo de Niza, los quince Jefes de Estado y de Gobierno lanzaron un amplio debate sobre el futuro de la Unión.
Este debate se ha desarrollado en 2 tiempos:
En el Consejo Europeo de Laeken, los quince decidieron convocar una Convención que reuniese a las principales partes implicadas en el debate sobre el futuro de la Unión. La Convención sobre el futuro de Europa se inspira, en cuanto al método, en la experiencia exitosa de la Convención encargada de elaborar la Carta de los Derechos Fundamentales proclamada en Niza, en diciembre de 2000. Al decidir crear una Convención encargada de proponer una reforma de las instituciones, los dirigentes europeos han querido permitir una reflexión lo más abierta posible sobre el futuro de Europa, reconociendo un verdadero derecho de expresión a los Parlamentos nacionales.
De acuerdo con lo establecido en la Declaración de Laeken, la Convención "tendrá como misión examinar las cuestiones esenciales que entrañan el desarrollo futuro de la Unión e investigar las diferentes respuestas posibles".
Los cuatro temas retenidos por la Declaración sobre el futuro de Europa, en el Anexo del Tratado de Niza, serán los temas que deberán ser examinados por la Convención. Se trata de:
Sin embargo la Convención quiere ir más allá y aportar respuestas ambiciosas al desafío democrático de Europa y a las expectativas ciudadanas. Se trata de definir las nuevas misiones y las nuevas responsabilidades de la UE de cara a la globalización.
LA COMPOSICIÓN DE LA CONVENCIÓN
La Convención está compuesta de 105 miembros titulares que se distribuyen de la siguiente manera:
Cada representación tiene un miembro titular y un miembro suplente.
Los 13 países candidatos a la adhesión estarán representados en las mismas condiciones que los Estados miembros pero sin derecho a voto.
13 personas tendrán el status de observadores: 3 representantes del Comité Económico y Social, 3 representantes de los actores sociales, 6 representantes de las regiones de Europa y el Defensor del pueblo europeo.
La Presidencia de la Convención la ostenta Valery Giscard d'Estaing y las Vicepresidencias las ocupan Giuliano D'Amato y Jean Luc Dehaene.
El Gobierno español estará representado por la Sra Ana de Palacio Vallelersundi como miembro titular, el Sr Carlos Bastarreche será el miembro suplente.
Los dos miembros titulares que representarán en la Convención al Parlamento español serán el Sr Josep Borrell y el Sr Gabriel Cisneros.
El órgano director de la Convención es un Presidium, que será el responsable de redactar las propuestas, y que está compuesto por 12 miembros:
La Convención celebrará sus reuniones plenarias en Bruselas, en el hemiciclo del Parlamento Europeo. El Pleno se reunirá aproximadamente una vez al mes, mientras que el Presidium celebrará reuniones al menos dos veces al mes.
Entre las reuniones plenarias, los grupos de trabajo deberán reunirse en Bruselas en los locales del Parlamento Europeo, aunque, a priori, no hay ningún impedimento para que una delegación de la Convención se dirija a un país miembro o candidato en el marco de una eventual misión de información.
La Convención tendrá una duración de un año. Su sesión inaugural tuvo lugar el día 28 de febrero de 2002 en Bruselas. Deberá presentar un documento a mitad de proceso, en junio de 2002, durante la Cumbre de Sevilla, al final de la Presidencia española, y su informe definitivo en Atenas en junio de 2003. Mientras tanto, la Convención informará regularmente al Consejo sobre los avances en sus trabajos.
En el segundo semestre de 2003 (bajo Presidencia italiana), o a principios de 2004, una Conferencia Intergubernamental será la encargará de escoger entre las propuestas formuladas por la Convención, con el fin de proponer la adopción de un nuevo Tratado.
La Convención será el órgano consultivo encargado de redactar un documento final que podrá contener bien distintas opciones, precisando los apoyos q cada una de ellas ha tenido, bien recomendaciones en el caso de que haya consenso.
LA CONVENCIÓN Y LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL
La Convención será una instancia abierta de manera amplia a la sociedad civil. El Presidente Valery Giscard d'Estaing ha indicado que desea que los trabajos comiencen con una fase en la que se oiga a la sociedad civil.
La Convención también basará sus reflexiones en las conclusiones de los debates nacionales sobre el futuro de Europa y se mantendrá en contacto permanente con los representantes de la sociedad civil.
La Declaración de Laeken prevé, en efecto, que para ampliar el debate y asociarlo al conjunto de los ciudadanos, se creará un Foro abierto a las organizaciones representantes de la sociedad civil (actores sociales, medio económico, ONGs, medio académico etc). Se tratará de una red estructurada de organizaciones que serán regularmente informadas de los trabajos de la Convención. Sus contribuciones se aportarán al debate.
LOS TRABAJOS PREVIOS A LA CONVENCIÓN
Con el fin de preparar los trabajos de la Convención, el Presidium, órgano director de la misma, se reunió en vísperas de la primera sesión, con el objetivo de realizar las últimas modificaciones a los proyectos de calendario y de Reglamento que le fueron sometidos la semana anterior.
El proyecto inicial de Reglamento deberá modificarse, así como el calendario, cuyo número de reuniones previstas fue juzgado como insuficiente por una amplia mayoría de los miembros. En el proyecto de Reglamento se abandona la terminología utilizada por el presidente Giscard d'Estaing, más "presidencialista", y se vuelve a retomar la utilizada en la Declaración de Laeken, que es la que se ha utilizado constantemente tanto durante los trabajos preparatorios del Consejo Europeo como la empleada en la Convención precedente, encargada de la elaboración del proyecto de Carta de Derechos Fundamentales. Con ello, entre otras cosas se pretende que no se debilite la posición del Presidium y se refuerce la del Presidente del mismo.
Varias otras modificaciones del proyecto de Reglamento han sido necesarias para que éste volviera al espíritu de la Declaración de Laeken. De esta forma, mientras que el proyecto atribuía un amplio poder de decisión al Presidente, éste deberá rendir cuentas al Presidium en varios puntos, como en las audiencias con expertos. También se trata de dar a la Convención la posibilidad de modificar el orden del día si éste no es objeto de un consenso, así como garantizar que todas las sugerencias puedan tomarse en cuenta.
En cuanto al calendario, el Presidium debía darle consistencia, añadiendo sesiones de noche y sesiones los lunes y martes, con excepción del mes de marzo. La segunda reunión de la Convención está prevista para los días 21 y 22 de marzo. A partir de junio, el ritmo de las reuniones deberá acelerarse con una sesión lunes y martes y otra jueves y viernes. Al igual que para el proyecto de Reglamento, le corresponde a la plenaria aprobar el calendario por consenso.
El Presidium debe también decidir que, además del vicepresidente Dehaene, uno o dos miembros del Presidium participen en las reuniones del Foro de la sociedad Civil. Mientras que el Presidente Giscard d'Estaing había propuesto comenzar los trabajos de la Convención examinando las diferentes posiciones tomadas por los Jefes de Gobierno, una mayoría del Presidium se ha pronunciado a favor de una aproximación más pragmática en dos etapas: la primera estará marcada por la escucha de las expectativas ciudadanas y permitirá estructurar el debate en torno a temas concretos, examinando las políticas que deben reforzarse o reformarse. Esto permitirá aclarar los objetivos de la Unión a los ojos de los ciudadanos, antes de abordar aspectos más técnicos e institucionales de la reforma.