Advertidos errores en la publicación de dicho Decreto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 3 de marzo de 1999), se procede a su rectificación: En la página 16, apartado 10.4.3. Normativa, epígrafe g), primera línea, donde dice: "Se prohíbe la intoducción en", debe decir: "Se prohíbe la introducción en...". En la página 19, apartado 11.2.3.1. Normativa general, epígrafe e), octava línea, donde dice: "Hidráulico y zona de Policía...", debe decir: "Público Hidráulico y zona de Policía...". En la página 23, apartado 11.9.2. Programas de investigación, epígrafe a), primera línea, donde dice: "Conocimientos de los recursos...", debe decir: "Conocimiento de los recursos...". En la página 26, apartado 12.1.2. Usos Prohibidos. Zonas A1, A2, epígrafe f), última línea, donde dice: "vechamiento y época de veda se refiere", debe decir: "vechamiento y épocas de veda se refiere". En la página 30, apartado 12.5.3. Determinaciones para el uso ordenado de los Recursos Naturales. Zonas E1, E2 y E3, epígrafe j), primera línea, donde dice: "Estará permitirá la localización...", debe decir: "Estará permitida la localización...". En la página 31, apartado 12.6.3. Determinaciones para el uso ordenado de los Recursos Naturales, epígrafe i), primera línea, donde dice: "El planeamiento urbanístico que orden esta área contendrá", debe decir: "El planeamiento urbanístico que ordene este área contendrá". En la página 32, apartado 13.3. Actividades que deberán someterse a calificación ambiental, subapartado 3, primer punto, sexta línea, donde dice: "... directamente por el Plano del Ayuntamiento", debe decir: "... directamente por el Pleno del Ayuntamiento". (03/7.620/99) Dirección General de Administración Local Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional Comunidad de Madrid Princesa, 3-2ª planta 28008 MADRID 27/04/99 |