823    RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 1999, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Vicesecretaria-Intervención, reservado a funcionarios de habilitación nacional y creado por el Ayuntamiento de Meco.

El Ayuntamiento de Meco, mediante acuerdo plenario de fecha 3 de febrero de 1999 ha creado un puesto de colaboración inmediata al de Secretaría, denominado "Vicesecretaria-Intervención", proponiendo su clasificación como puesto reservado a habilitados nacionales.

De conformidad con el Informe favorable emitido por el Servicio de Administración Local de esta Dirección General de fecha 12 de marzo de 1999, y con la legislación vigente.

Considerando que, esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en el artículo 165 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, según su nueva redacción aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio, y el artículo 13.d) del Decreto 143/1998, de 30 de julio, de la Comunidad de Madrid, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 7 de agosto), es competente para clasificar los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, creados por las Corporaciones Locales.

HE RESUELTO

Primero

Clasificar el puesto de trabajo de Vicesecretaria-Intervención del Ayuntamiento de Meco como puesto reservado a Funcionarios de Habilitación Nacional pertenecientes a la Subescala: Secretaría-Intervención; categoría: Única.

Segundo

Notificar al Ayuntamiento de Meco esta Resolución.

Tercero

Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Comunicar a la Subdirección General de la Función Pública Local del Ministerio para las Administraciones Públicas a los efectos procedentes y en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente.

Quinto

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 12 de marzo de 1999.¾El Director General de Administración Local, Alejandro Sanz Peinado.

(01/2.837/99)

Servicio de Estudios y Apoyo a las Haciendas Locales
Dirección General de Administración Local
Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional
Comunidad de Madrid
Princesa, 3-2ª planta
28008 MADRID


Última actualización:
25/05/99