Proceso de admisión.

Cambios en los parámetros del IES2000


Iconos que lanzan las utilidades de ordenación de solicitudes (clic para ampliar)


Campo REServa de la ficha de solicitud (clic para ampliar)

 

La versión 5.01 del IES2000 introdujo lo que en la documentación se llamó "nuevo proceso de admisión" (Alumnado > Preinscripción > Solicitudes de admisión). La principal ventaja sobre el sistema anterior (Alumnado > Preinscripción > Admisión ANTIGUA) estriba en que los criterios que permiten la baremación de solicitudes son parametrizables de manera que puedan adaptarse a cambios en la legislación.

Hasta ahora los criterios dados por defecto por la aplicación se ajustaban bastante bien al baremo utilizado en la Comunidad de Madrid, sin embargo, el baremo a utilizar para el proceso de Admisión de las solicitudes para el próximo curso ha sufrido modificaciones por lo que no quedará más remedio que recurrir a las utilidades que permiten ajustar los parámetros que definen la baremación en el IES2000. Para el proceso de admisión no utilizaremos en ningún caso lo que el IES2000 denomina Admisión ANTIGUA.

Las instrucciones al respecto pueden encontrarse en la documentación que acompañaba a la versión 5.01 del IES2000 (directorio GEIWIN\DOC). Resulta imprescindible una lectura pausada de las mismas. Los centros, a partir de esas instrucciones, pueden realizar los cambios que estimen oportunos para adaptarse a su situación concreta. Lo que sigue no tiene carácter normativo, simplemente intenta facilitar la tarea ofreciendo tres opciones posibles para realizar las modificaciones requeridas. Todas tienen sus ventajas e inconvenientes. En lo que denominaremos OPCION 1  comentaremos una vía rápida, aunque poco elegante, para empezar a trabajar; en la OPCIÓN 2 trataremos de aprovechar al máximo lo ya existente. En lo que denominaremos OPCIÓN 3 definiremos normas y criterios desde cero.

Se utilice una opción una otra será muy importante tener en cuenta que el proceso de reserva de plaza se ha realizado en su momento de acuerdo a unos determinados criterios de baremación, el de admisión habremos de hacerlo con otros distintos. Habremos pues de evitar que se confundan las solicitudes sometidas a cada proceso. Para ello hemos de tener en cuenta que cuando se lanza la utilidad para ordenar las solicitudes de admisión no sometidas a reserva de plaza  (al hacer clic sobre el botón  , sin la R, en la ficha de solicitudes, ver figura al margen) el programa tiene en cuenta que no exista valor alguno en el  campo RES (REServa, ver figura al margen) de la ficha de solicitud, es decir, habremos de asegurarnos de que aquellas solicitudes que NO hayan de entrar ahora en el proceso de admisión tengan un valor (normalmente C) en ese campo. La opción de programa Alumnado > Preinscripción > Solicitudes en Plazo Extraordinario no está pensada para diferenciar el proceso de reserva del de admisión. Está pensada para aquellos estudios que necesitan plazos extraordinarios de admisión.

Cuando obtengamos el listado por puntuación de solicitudes admitidas y no admitidas  saldrán en listas separadas las sometidas al proceso de reserva y las que no pero, al pie de página, figurarán las leyendas de lo que significa cada apartado y se ajustarán a lo que hayamos cambiado en la descripción de los criterios. Por tanto, no deben exponerse al público las que estén sometidas a reserva de plaza por centros adscritos pues podría llevar a confusión. Suponemos que ya se expusieron en su momento.

 

 

OPCIÓN 1


Figura 0 (clic para ampliar)

Respecto a lo que nos interesa,  el principal cambio introducido en el proceso de admisión respecto al proceso de reserva estriba en que las rentas de la unidad familiar dejan de utilizarse como primer criterio prioritario y en su lugar habremos de puntuar la renta per capita anual de la misma. Es decir, habremos de otorgar puntos de acuerdo a esta renta per capita y, además, las cantidades en euros que constituyen la misma nos han de seguir valiendo como tercer criterio de desempate.

Una primera forma de reflejar esta situación en la configuración del IES200 sería acceder a la pantalla de criterios de admisión (Alumnado > Preincripción > Normas y Criterios de Admisión, clic en botón <Criterios> tras seleccionar el registro correspondiente a ESO, Bachilleratos y Ciclos formativos de grado medio) y, sin variar la clave, cambiar la columna Descripción del criterio de manera que donde decía Rentas anuales de la unidad familiar diga ahora Rentas anuales per capita de la u. f. (puntos). A la hora de puntuar las solicitudes en el registro que lleva esta descripción introduciremos los puntos (0,1 o 2) y será en el registro que lleva la descripción Renta per cápita en la unidad familiar donde introduciremos las cantidades que nos servirán como criterio de desempate. Si queremos una descripción más ajustada de este último concepto podemos editar la columna Descripción del criterio y añadir, por ejemplo, :cantidades. La figura 0 muestra un ejemplo de como quedaría.

Esta opción es rápida pero no refleja el hecho de que para el mismo año académico hemos utilizado dos baremos distintos, uno para el proceso de reserva y otro para el de admisión, y puede llevarnos a confundir el significado del primer criterio prioritario en un momento y otro. Así, por ejemplo, una renta anual de la unidad familiar de 9000 euros de acuerdo al criterio utilizado en la reserva en los casos de adscripción múltiple valía siempre 1 un punto (por estar comprendida entre una y dos veces el salario mínimo interprofesional). Ahora en el proceso de admisión los puntos asignados a esa renta dependerían del número de miembros de la unidad familar ( si es de un miembro valdría 0 puntos, si es dos miembros valdría 1 punto, si es de tres o más valdría 2)

A la hora de puntuar las solicitudes habremos de tener en cuenta:

1. Comprobar que existe (y si así no fuera, crearlo) un registro en Configuración > Configuraciones Varias  con la clave SMI y valor 6068.30 (es decir los euros anuales correspondientes al salario mínimo interprofesional para el año 2001). Será indispensable para utilizar las utilidades de cálculo del programa.

2. En la pantalla de introducción de datos de la solicitud habrá que rellenar los campos correspondientes a Renta Anual y Nº per. Será indispensable para utilizar las utilidades de cálculo del programa.

Al entrar a la pantalla de puntuación (clic en el botón de ese nombre) tendremos en cuenta lo siguiente:

  1. Los criterios Proximidad del centro al domicilio, Existencia de hermanos en el centro, Situación de familia numerosa, Condición de minusvalía de padres o hermanos, Circunstancia relevante fijada por el centro se rellenarán normalmente introduciendo la puntuación correspondiente.

  2. En el criterio Rentas anuales per capita de la u. f. (puntos) introduciremos puntos, no cantidades. Para facilitarnos la tarea de cálculo en la parte inferior izquierda de la pantalla aparecen diversos valores, nos interesan el que indica el S.M.I. y el que indica 1/2 * S.M.I. (el 50%); en la parte inferior derecha de la pantalla un botón nos indica el cálculo de la renta per capita. Atendiendo a ello podemos inferir fácilmente los puntos que introduciremos manualmente en el registro correspondiente.

  3. Será en Renta per cápita en la unidad familiar: cantidades donde se introducirán las cantidades que podrán servirnos como criterios de desempate. Para hacerlo cómodamente podemos seleccionar el registro y pulsar el botón <R. per cápita = 999999>.

 

 

OPCIÓN 2


Figura 1 (clic para ampliar)

La opción anterior es rápida pero no refleja el hecho de que para el mismo año académico hemos utilizado dos baremos distintos uno para el proceso de reserva y otro para el de admisión y puede llevarnos a confundir el significado del primer criterio prioritario en un momento y otro.

Si el centro no ha realizado ninguna variación la pantalla de criterios de admisión (Alumnado > Preincripción > Normas y Criterios de Admisión, clic en botón <Criterios> tras seleccionar el registro correspondiente a ESO, Bachilleratos y Ciclos formativos de grado medio) tendrá el aspecto de la figura 1 (clic para ampliar)


Figura 2 (clic para ampliar)

 


Figura 2b (clic para ampliar)

Para configurar los cambios introducidos en el baremo tanto para el proceso de admisión en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria como para la Secundaria postobligatoria habrá que tener en cuenta lo siguiente:

  1. Valor Rentas anuales de la unidad familiar en columna Descripción del criterio. Con la nueva normativa ya no se utiliza este criterio ni como prioritario ni como desempate ni como complementario por lo que cabría pensar en eliminarlo. Sin embargo no lo haremos pues si baremamos en su momento el proceso de reserva  perderíamos la información. Habrá de mantenerse pero no será necesario rellenarlo en el proceso de admisión. Para que no interfiera con los nuevos criterios deben cambiarse los valores a O, N, 0 y N en las sucesivas columnas.

  2. Valor Renta per cápita en la unidad familiar en columna Descripción del criterio. Este criterio deja de ser de desempate y se convierte en criterio prioritario, por tanto cambiaremos el valor O por el valor P en la columna Tipo  y habremos de cambiar el valor N por el valor S en la columna Tot. En la columna Orden cambiaremos el valor 3 por  0  (esto es importante: al baremar tendremos que introducir aquí una puntuación no una cantidad, esta última la introduciremos para utilizarla como criterio de desempate en un nuevo registro que añadiremos en seguida). En la columna Asc cambiaremos el valor S por  N (tener más puntos tiene más valor)

  3. Valor Proximidad del centro al domicilio en columna Descripción. Sigue siendo criterio prioritario, por tanto se mantiene la P en columna Tipo. Se mantiene sin variaciones el valor  S en columna Tot. Sigue siendo el segundo criterio de desempate por lo que mantiene el valor 2 en columna Orden. Se mantiene el valor N en columna Asc ( es decir vale más tener mayor puntuación).

  4. Valor Existencia de hermanos en el centro en columna Descripción. Sigue siendo criterio prioritario, por tanto se mantiene la P en columna Tipo. Se mantiene sin variaciones el valor  S en columna Tot. Sigue siendo el primer criterio de desempate por lo que mantiene el valor 1 en columna Orden. Se mantiene el valor N en columna Asc ( es decir vale más tener mayor puntuación).

  5. Valor Situación de familia numerosa en columna Descripción. Sigue siendo criterio complementario, por tanto se mantiene la C en columna Tipo. Se mantiene sin variaciones el valor  S en columna Tot. No funciona como criterio de desempate por lo que mantiene el valor 0 en columna Orden. Se mantiene el valor N en columna Asc ( es decir vale más tener mayor puntuación).

  6. Valor Condición de minusvalía de padres o hermanos en columna Descripción. Sigue siendo criterio complementario, por tanto se mantiene la C en columna Tipo. Se mantiene sin variaciones el valor  S en columna Tot. No funciona como criterio de desempate por lo que mantiene el valor 0 en columna Orden. Se mantiene el valor N en columna Asc ( es decir vale más tener mayor puntuación).

  7. Valor Circunstancia relevante fijada por el centro en columna Descripción. Sigue siendo criterio complementario, por tanto se mantiene la C en columna Tipo. Se mantiene sin variaciones el valor  S en columna Tot. No funciona como criterio de desempate por lo que mantiene el valor 0 en columna Orden. Se mantiene el valor N en columna Asc ( es decir vale más tener mayor puntuación).

  8. Como hemos visto más arriba la renta anual per cápita pasa de ser mero criterio de desempate a criterio prioritario, pero  además de ser un criterio a puntuar hay que utilizarlo como tercer criterio de desempate. Vamos a tener que crear un nuevo registro para poder introducir al baremar no ya los puntos (por ejemplo 2,1 o 0 en la ESO) sino las cantidades y que sean éstas las que funcionen como valor para el desempate. Así pues crearemos un nuevo registro con los siguientes valores en las correspondientes columnas:

Clave Descripción del criterio Tipo Tot. Orden Asc
2F Rentas per cápita unidad familiar (cantidades) O N 3 S
 

Es decir, O para que el valor quede oculto en los listados; N, porque sólo funciona como criterio de desempate sin sumar puntos; 3 por ser el tercer criterio de baremación; S pues vale más tener una menor cantidad de ingresos.

La figura 2 muestra como quedan todos los valores.

Con lo anterior  nos encontraríamos con un pequeño problema: los listados están diseñados para que aparezca información de siete apartados y ahora tenemos ocho. Además, en el listado se ordenan de acuerdo al valor de la columna Clave por lo que el que desaparece por falta de espacio es precisamente el que acabamos de crear. Además, como al pie de página aparecen las leyendas explicativas de cada apartado se podrían generar confusiones incómodas al hacer públicas las listas de admitidos.

Para solventar este problema haremos lo siguiente:

  1.  cambiaremos el valor de la columna clave del registro correspondiente a Rentas Anuales de la Unidad Familiar (el que no hemos de utilizar en la Admisión) a uno que lo sitúe el último de la lista y que no sea utilizado en otra norma. Si se parte de la configuración original del IES2000 nos valdría cambiar de 1A a 2Z.
  2.  Al hacerlo, el programa nos indicará que se ha cambiado un valor y necesita realizar una actualización en cascada. Cuando nos pregunte al respecto será imprescindible que respondamos afirmativamente (botón <Aceptar> de acuerdo a la imagen de abajo) a la pregunta que nos hace, no hacerlo así nos llevaría a inconsistencias en los datos. La figura 2b nos muestra el resultado del proceso.

Con esto resolveremos el problema de los listados: nos parecerán los siete apartados que nos interesan con su correspondiente leyenda explicativa al pie. (Nota: si quisiéramos que los diversos apartados se ordenaran en pantalla y listados de otra manera que consideráramos más oportuna podríamos utilizar el mismo procedimiento, es decir,  cambiar la clave a una no existente que nos resulte funcional de acuerdo al orden alfabético y aceptar siempre los cambios en cascada.)

 


Figura 3 (clic para ampliar)


Figura 4 (clic para ampliar)

A la hora de puntuar

Deberemos tener en cuenta lo siguiente:

1. Comprobar que existe (y si así no fuera, crearlo) un registro en Configuración > Configuraciones Varias  con la clave SMI y valor 6068.30 (es decir los euros anuales correspondientes al salario mínimo interprofesional para el año 2001). Será indispensable si deseamos utilizar las utilidades de cálculo del programa.

2. En la pantalla de introducción de datos de la solicitud habrá que rellenar los campos correspondientes a Renta Anual y Nº per. También será indispensable si deseamos utilizar las utilidades de cálculo del programa.

Si hemos tenido en cuenta lo anterior, al entrar a la pantalla de puntuación tendremos algo parecido a lo que se muestra en la figura 3. Habremos de considerar en cuenta lo siguiente:

  1. El criterio Rentas anuales de la unidad familiar no tenemos porqué rellenarlo ya que no se utiliza de acuerdo al nuevo baremo (lo mantenemos por haberlo utilizado en el proceso de reserva)

  2. Los criterios Proximidad del centro al domicilio, Existencia de hermanos en el centro, Situación de familia numerosa, Condición de minusvalía de padres o hermanos, Circunstancia relevante fijada por el centro se rellenarán normalmente introduciendo la puntuación correspondiente.

  3. En el criterio Renta per cápita en la unidad familiar introduciremos puntos, no cantidades en euros. Para facilitarnos la tarea de cálculo en la parte inferior izquierda de la pantalla aparecen diversos valores, nos interesan el que indica el S.M.I. y el que indica 1/2 * S.M.I. (el 50%); en la parte inferior derecha de la pantalla un botón nos indica el cálculo de la renta per capita. Atendiendo a ello podemos inferir fácilmente los puntos que introduciremos manualmente en el registro correspondiente.

  4. Será en Renta per cápita en la unidad familiar (cantidades) donde se introducirán las cantidades en euros que podrán servirnos como criterio de desempate. Para hacerlo cómodamente podemos seleccionar el registro y pulsar el botón <R. per cápita = 999999>.

En la figura 4 podemos ver un ejemplo.

 

 

Muy importante

El proceso de reserva de plaza se ha realizado en su momento de acuerdo a unos determinados criterios de baremación, el de admisión habremos de hacerlo con otros distintos. Habremos de evitar que se confundan las solicitudes sometidas a cada proceso. Para ello hemos de tener en cuenta que cuando se lanza el proceso para ordenar las solicitudes de admisión no sometidas a reserva de plaza  (al hacer clic sobre el botón  , sin la R) el programa tiene en cuenta que no exista valor alguno en el  campo RES (REServa) de la ficha de solicitud, es decir, habremos de asegurarnos de que aquellas solicitudes que NO hayan de entrar ahora en el proceso de admisión tengan un valor (normalmente C) en ese campo y no volver a lanzar el proceso de ordenación de las solicitudes sometidas a reserva( botón con la R.) pues se reordenarían de acuerdo a los nuevos criterios.

Cuando saquemos el listado de solicitudes admitidas y no admitidas por puntuación saldrán en listas separadas las sometidas al proceso de reserva y las que no pero al pie de página de ambos listados figurarán las leyendas de lo que significa cada apartado y se ajustarán a lo que hemos cambiado en los criterios. Si fuera necesario volver a imprimir los listados de reserva por centros adscritos habría que hacerlo antes de realizar todo el proceso descrito.

 

 

 

Opción 3


Figura 5 (clic para ampliar)

Figura 6 (clic para ampliar)

Figura 7 (clic para ampliar)

Otra manera posible de abordar la reconfiguración del IES200 sería no adaptar los criterios para las normas  existentes en la configuración por defecto del IES, como hemos hecho en las OPCIÓNES 1 y 2, sino crear desde cero nuevas normas y baremos.

Para crear la nueva norma iríamos a  Alumnado > Preincripción > Normas y Criterios de Admisión y añadiríamos dos nuevos registros si queremos ser fieles a los anexos de las instrucciones. La figura 5 muestra valores orientativos.

Después seleccionaríamos uno de los registros recién creados (en el ejemplo el de clave IPSO), haríamos clic en el botón <Criterios> e iríamos añadiendo registros hasta completar los criterios utilizados para la admisión del curso 2003/2004. La figura 6 muestra un ejemplo orientativo.

Este sistema tiene la ventaja de que el baremo utilizado en su momento para la reserva resultará completamente independiente del que utilizaremos en la admisión. Para indicar cuál vamos a utilizar accederemos a la pantalla de estudios impartidos en el centro (por ejemplo desde el icono "Estudios"), seleccionaremos el registro correspondiente al estudio cuyo norma vamos a redefinir e indicaremos el nuevo valor en la columna Norma Admis (hacer clic con el botón derecho nos mostrará los valores disponibles). La figura 7 muestra un ejemplo de redefinición de norma para la ESO.

Igual que ocurría en las opciones anteriores las solicitudes sometidas a reserva de plaza por centro adscrito deberán estar perfectamente identificadas con el valor C en el campo REServa de la ficha de solicitud.

 

Observaciones generales

 

En las opciones 1 y 2 utilizaremos en IES2000 la norma que en la configuración por defecto se denomina EBC: ESO, Bachilleratos y C.F. de Grado Medio para baremar los estudios de ESO, las diversas modalidades de bachillerato que se impartan en el centro y los diversos ciclos formativos de grado medio. Para asegurarnos de que tenemos este aspecto bien definido accederemos a la pantalla de estudios impartidos en el centro (por ejemplo desde el icono "Estudios"),  seleccionaremos el registro correspondiente al estudio cuyo norma vamos a comprobar y atenderemos a que  en la columna Norma Admis  el valor existe (hacer clic con el botón derecho nos mostrará los valores disponibles).

El baremo de la CAM para Infantil, Primaria y Secundaria obligatoria y el de las Enseñanzas Secundarias posobligatorias indican para el criterio de proximidad al domicilio: se otorgará un punto adicional por este apartado, a las solicitudes de alumnos que padezcan enfermedad crónica que afecte al sistema digestivo, endocrino o metabólico y exija como tratamiento esencial el seguimiento de una dieta compleja y un estricto control alimenticio cuyo cumplimiento condiciones de forma determinante el estado de salud del enfermo. Este punto adicional lo reflejaremos sin más en el apartado correspondiente.

Así mismo la norma de la CAM dice respecto  a la existencia de hermanos en el centro: en caso de existencia de dos o más solicitudes de admisión de hermanos en un mismo centro, cuando uno de ellos obtenga plaza escolar en la presente convocatoria en una etapa sostenida con fondos públicos, también se concederá puntuación por este apartado al resto de los hermanos solicitantes. No tenemos manera de llevar un control automatizado de esta casuística. El centro deberá estar atento a esta circunstancia por lo que si implica que hay que volver a puntuar determinadas instancias y ya se hubiera lanzado el proceso que ordena las solicitudes por puntuación habría que volver a lanzarlo para reflejar el nuevo orden.

En la admisión al bachillerato de artes habrá que tener en cuenta adicionalmente el aspecto referido a la valoración de los resultados académicos en el área de artes plásticas. No se ha tratado en estas páginas.

En general hay que tener en cuenta que las solicitudes no se ordenan por puntuación cuando se imprimen sino que esto se realiza al hacer clic sobre el botón  (sin la R) por lo que si ya se hubiera lanzado este proceso y posteriormente hubiera que corregir las puntuaciones de alguna solicitud habría que volver a lanzarlo antes de imprimir los listados para que se reordenen las solicitudes correctamente. Esto se refleja en el campo orden de la ficha de solicitud.